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Negociación previa y recobro en España

17/02/2026 -España – Negociación previa obligatoria antes de la acción judicial: alcance jurídico, debate constitucional y papel de acompañamiento de Pouey International en el recobro.

1. Una evolución relevante del derecho español que impacta directamente en el recobro de créditos

Desde abril de 2025, el derecho español exige, en numerosos litigios civiles y mercantiles, un intento previo de resolución amistosa antes de acudir a los tribunales. Esta obligación, derivada de la reforma de la eficiencia de la justicia, pretende favorecer la desjudicialización de los conflictos y promover acuerdos negociados entre las partes.

En la práctica, antes de interponer una demanda judicial, el acreedor debe acreditar que ha intentado una solución amistosa (negociación, mediación u otro mecanismo adecuado de solución de controversias – MASC). En caso contrario, la demanda puede ser inadmitida.

Esta reforma transforma de manera significativa el enfoque del recobro en España: la fase amistosa pasa a ser una etapa estructural y jurídicamente determinante en el proceso de recuperación de créditos.

2. Una medida actualmente cuestionada ante el Tribunal Constitucional

La obligación de negociación previa está siendo examinada por el Tribunal Constitucional tras la admisión de una cuestión de inconstitucionalidad.

Es fundamental precisar que:

  • la norma sigue vigente y plenamente aplicable,
  • no ha sido anulada hasta la fecha,
  • pero su validez constitucional está siendo debatida.

El Tribunal deberá valorar si exigir un mecanismo previo de resolución amistosa constituye una carga razonable y proporcionada o, por el contrario, un obstáculo excesivo al derecho fundamental de acceso a la tutela judicial efectiva.

Esta situación genera un entorno jurídico incierto pero exigente: las empresas deben seguir cumpliendo la obligación vigente mientras se clarifica su futuro normativo.

3. Un debate intenso entre los profesionales del derecho

Desde la entrada en vigor del dispositivo, diversos operadores jurídicos han expresado críticas relevantes:

  • posible dilación en el acceso a los tribunales,
  • mayor complejidad en las actuaciones precontenciosas,
  • aplicación no homogénea según los órganos judiciales,
  • incertidumbre sobre el nivel de negociación exigido para considerar cumplido el requisito legal.

Esta diversidad interpretativa refuerza la necesidad de que los acreedores estructuren adecuadamente sus actuaciones amistosas para evitar riesgos de inadmisión procesal.

4. Impacto concreto para las empresas: una transformación del recobro de créditos

4.1 La fase amistosa adquiere un carácter jurídicamente determinante

El recobro amistoso deja de ser únicamente una herramienta económica para acelerar el cobro y se convierte en una condición estructural para preservar el acceso a la vía judicial.

Las empresas deben, por tanto:

  • formalizar sus gestiones amistosas,
  • documentar con precisión las comunicaciones y negociaciones,
  • constituir un expediente probatorio sólido antes de cualquier acción judicial.

4.2 Una incertidumbre jurídica que refuerza la necesidad de acompañamiento experto

El examen constitucional introduce dudas sobre la evolución futura del sistema. No obstante, mientras no exista una resolución definitiva, la obligación de negociación previa continúa siendo plenamente exigible.

En este contexto, una gestión insuficientemente estructurada de la fase amistosa puede exponer a los acreedores a riesgos procesales significativos, en particular la inadmisión de la demanda por falta de intento previo de solución amistosa.

5. Perspectiva futura: posibles escenarios

Validación constitucional

La obligación de negociación previa se confirmaría.
Consecuencia: consolidación del papel central del recobro amistoso estructurado antes de acudir a la vía judicial.

Modificación o limitación del sistema

El Tribunal podría considerar la obligación desproporcionada en determinados supuestos y matizar su alcance.
Consecuencia: mayor flexibilidad procesal, aunque manteniendo la prioridad económica de la resolución amistosa.

En ambos escenarios, la tendencia estructural del sistema jurídico europeo sigue orientada a promover soluciones negociadas y a reducir la litigiosidad judicial.

6. Recomendaciones operativas para las empresas acreedoras

En el contexto actual, se recomienda adoptar una estrategia prudente y jurídicamente segura:

  1. Iniciar siempre una gestión amistosa formalizada antes de cualquier acción judicial.
  2. Documentar de forma exhaustiva las comunicaciones, requerimientos y propuestas de pago.
  3. Analizar la solvencia del deudor para orientar la estrategia de recobro.
  4. Preparar desde el inicio un expediente que garantice la admisibilidad procesal en caso de litigio.

Este enfoque permite maximizar las probabilidades de recobro amistoso y, al mismo tiempo, preservar plenamente el acceso a la vía judicial.

7. El papel clave de Pouey International: acompañamiento integral y seguro del recobro en España

En este marco jurídico exigente y en evolución, Pouey International se posiciona como un socio estratégico para las empresas en todo el proceso de recobro en España.

Nuestro valor diferencial se basa en un acompañamiento global que integra:

  • la estructuración de actuaciones amistosas conformes a los requisitos legales españoles,
  • la trazabilidad y formalización de los intentos de negociación,
  • el análisis previo de solvencia para definir la mejor estrategia de recobro,
  • la articulación segura entre la fase amistosa y la eventual vía judicial.

Este enfoque permite convertir la exigencia normativa en un factor de eficacia operativa, garantizando simultáneamente la recuperación de créditos y la seguridad jurídica de las actuaciones.

Conclusión

La obligación de negociación previa antes de acudir a la vía judicial constituye hoy un elemento central del sistema procesal civil español, aunque su constitucionalidad esté siendo objeto de análisis.

Mientras se espera la decisión del Tribunal Constitucional, las empresas deben considerar plenamente vigente esta exigencia y estructurar rigurosamente sus procesos de recobro.

En este contexto, Pouey International acompaña a sus clientes en España en cada etapa del recobro —desde la negociación amistosa hasta, en su caso, la acción judicial— para asegurar la eficacia en la recuperación de créditos, el cumplimiento normativo y la adecuada gestión del riesgo cliente.

18.02.2026